Tasas de la Inspección General de Justicia

Las sociedades de capital ya inscriptas en la IGJ abonaran una tasa anual cuyo monto se determina con relación a la sumatoria del capital social de sus estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de los estados contables.

La tasa a ingresar será calculada en base a la siguiente escala:

capital social mas ajuste de capital
TASA
desde $
hasta $
ANUAL
0,00
5.000,00
100,00
5.000,01
10.000,00
200,00
10.000,01
20.000,00
400,00
20.000,01
40.000,00
500,00
40.000,01
80.000,00
700,00
80.000,01
120.000,00
900,00
120.000,01
150.000,00
1.100,00
150.000,01
200.000,00
1.400,00
200.000,01
1.000.000,00
1.800,00
1.000.000,01
2.100.000,00
2.300,00
2.100.000,01
EN ADELANTE
2.500,00

Si una sociedad por acciones no presentara a la Inspección General de Justicia los estados contables necesarios para la liquidación de la tasa, este organismo practicara estimación de oficio del importe que corresponda abonar. Dicho importe será equivalente al doble del que debería abonar la sociedad de acuerdo a la escala del cuadro.